Diccionario Biblico: Concilio


Significado de Concilio

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(heb. sôd).

Asamblea reunida para consultar, deliberar, convenir, considerar o acordar
sobre una acción concertada; en algunos casos, un cuerpo administrativo,
legislativo o de consejo. En la Biblia se mencionan varias clases de concilios
bajo diferentes términos, pero casi todas las referencias del NT apuntan a un
cuerpo específico, al cual se limitará este estudio: el gran Sanedrín de
Jerusalén, el principal cuerpo judicial de los judíos desde el período
helenístico hasta el 66 d.C.

I. Origen y nombre.

En las fuentes griegas (Josefo;1 y 2 Mac.; NT) se lo llama guerousía, "concilio
de ancianos", "senado"; sumbóulion, "concilio"; y más frecuentemente sunédrion,
"concilio". En los escritos judaicos se lo conoce oficialmente como Bêth dîn
haggadôl, "casa del gran juicio", o más frecuentemente, usando una palabra
tomada del griego, Sanhedrîn. Se cree que el Sanedrín se originó en el período
persa, cuando los judíos, que gozaban de una gran medida de independencia,
pudieron manejar sus propios asuntos internos. Sin embargo, no se lo encuentra
antes del período helenístico. Se lo menciona por 1ª vez en una carta a
Antíoco el Grande (223-187 a.C.), y luego en 1 Mac. 12:6, como existente en
tiempos de Jonatán el Macabeo (160-143/42 a.C.).

II. Miembros y constitución.

De acuerdo con la Mishná, el Sanedrín estaba constituido por 71 miembros, cuyo
presidente era el sumo sacerdote (Sanhedrin 1.6). Se creía que era la
continuación del cuerpo de consejeros (Nm 11:16,17) que ayudó a Moisés en la
administración del pueblo en el desierto. Aparentemente, en sus primeros
tiempos el Sanedrín estuvo compuesto por miembros que eran sacerdotes y
personas de las familias aristocráticas. Sin embargo, durante el reinado de la
reina Alejandra (76/75-67 a.C.), parece que los fariseos tuvieron éxito en
lograr que los miembros de su grupo, los "escribas", fueran incluidos en el
Sanedrín. De modo que desde ese tiempo en adelante estaba formado de 3
clases: 1. Los ancianos (gr. presbúteros); es decir, los representantes de las
principales familias aristocráticas. 2. Los jefes de los sacerdotes (gr.
arjieréus); es decir, los sumos sacerdotes retirados del servicio activo, y los
miembros de 4 familias (Ananos, Boethos, Fabi y Kamithos) que proporcionaban
la mayoría de los sumos sacerdotes. 3. Los escribas (gr. grammatéus), que en
su mayoría pertenecían al partido de los fariseos. Las 3 clases se mencionan
juntas en Mt. 27:41; Mr. 11:27; 14:43, 53; 15:1; etc. No se sabe bien cómo se
designaba a los miembros del Sanedrín. La naturaleza aristocrática del cuerpo
parecería excluir la posibilidad de que fueran elegidos por votación popular.
Cuando la muerte o la apostasía reducía el número de sus componentes,
probablemente se designaban nuevos miembros de por vida, ya sea por el Sanedrín
o por las autoridades romanas.

III. Historia.

Bajo Jonatán y Simón, líderes macabeos y sumos sacerdotes, el Sanedrín y sus
miembros representaban a la nación judía (como, por ejemplo, cuando hicieron
una alianza militar con Esparta). También se ocupó de la construcción de
fortalezas en toda Judea y la fortificación adicional de Jerusalén (1 Mac.
12:6-23; 14:20-23; 12:35, 36). Después que Pompeyo conquistó Palestina en el
63 a.C., anexó Judea a la provincia de Siria. Unos pocos años más tarde,
Gabinio, procónsul de Siria (57-55 a.C.), dividió Judea en 5 distritos y puso a
cada uno de ellos bajo la administración de un Sanedrín. Unos pocos años más
tarde, sin embargo, en el 47 a.C., Sexto César, gobernador de Siria, reconoció
la autoridad del Sanedrín de Jerusalén como la corte suprema de todo el país.
Cuando Herodes el Grande ocupó Jerusalén en el 37 a.C., ejecutó a muchos
miembros del Sanedrín por haber apoyado a Antígono, su rival, y reemplazó a
esos hombres por otros que le fueran leales. Esto señala el fin de la
apariencia de autoridad política del Sanedrín; de allí en adelante se limitó
principalmente a asuntos religiosos.

Cuando Arquelao recibió como herencia las provincias de Judea y de Samaria
después de la muerte de Herodes, y el resto del reino de su padre fue dado a
sus hermanos, la extensión de la autoridad del Sanedrín se limitó al territorio
de Arquelao, y así quedó hasta el comienzo de la guerra romana del 66 d.C.
Después de la caída de Jerusalén (70 d.C.), el Sanedrín nunca actuó como cuerpo
administrativo con autoridad, aunque los judíos organizaron un Sanedrín en
Jabneh (llamado Jamnia en las fuentes griegas), cerca de Jope. En realidad,
245 este concilio sólo fue religioso, sin autoridad judicial alguna.

IV. Lugar de reunión.

De acuerdo con la Mishná, la sala en la que se reunía el Gran Sanedrín (llamada
Lishkath haggazîth, "sala de la piedra tallada", en los escritos judaicos) se
encontraba en el Atrio de Israel, también llamado el Atrio de los Hombres, uno
de los patios interiores del templo (Middoth v.4; Sanhedrin xi.2). Se ha
interpretado una afirmación de Josefo como ubicando el lugar de reunión del
Sanedrín en la esquina sudoccidental del atrio exterior del templo. Sin
embargo, los eruditos están divididos acerca de cuál de las 2 fuentes tiene más
autoridad, si la Mishná o Josefo. La literatura judía no menciona
deliberaciones del Sanedrín en el palacio del sumo sacerdote, y se debe suponer
que la reunión registrada en Mt. 26:57 (y textos paralelos) se realizó en la
residencia de Caifás, porque el recinto del templo se cerraba por las noches.

V. Autoridad.

El Sanedrín era el más alto cuerpo judicial de la nación y tenía poder de vida
y muerte (Mt. 26:3,4,59,66). Sin embargo, durante la administración de los
procuradores romanos, sus sentencias capitales debían ser confirmadas por el
gobernador* (Jn. 18:31), aunque parece que esto se omitió algunas veces (Hch.
7:58). La norma legal eran la Ley* de Moisés y la tradición oral (los
pronunciamientos de los eruditos judíos más importantes). Se acepta
generalmente que la administración romana también puso en manos del Sanedrín la
recaudación de los impuestos, lo que se hacía vendiendo la franquicia a
especuladores y recaudadores de impuestos llamados publicanos* en el NT.

Bib.: E. Schürer, A History of the Jewish People in the Time of Jesus Christ
[Una historia del pueblo judío en tiempos de Jesucristo] (Nueva York, s.f.),
sección 23, III; FJ-AJ xii.3.3; xiv.5.4; FJ-GJ i.8.5; FJ-AJ xiv.9.3, 5; FJ-GJ
i.10.7; FJ-AJ xiv.9.4; xv.1.2; FJ-GJ v.4.2; FJ-AJ xiv.9.3,4.

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