Levitico 25:55 - La Biblia de Casiodoro de Reina (1569)

Libro de Levitico
Capitulos:

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1 - Y el SEÑOR habló a Moisés en el monte de Sinaí, diciendo:

2 - Habla a los hijos de Israel, y diles: Cuando hubiereis entrado en la tierra que yo os doy, la tierra guardará reposo al SEÑOR.

3 - Seis años sembrarás tu tierra, y seis años podarás tu viña, y cogerás sus frutos;

4 - y el séptimo año la tierra tendrá sábado de reposo, sábado al SEÑOR; no sembrarás tu tierra, ni podarás tu viña.

5 - Lo que de suyo se naciere en tu tierra segada, no lo segarás; y las uvas de tu ofrenda no vendimiarás; año de reposo será a la tierra.

6 - Mas el sábado de la tierra os será para comer a ti, y a tu siervo, y a tu sierva, y a tu criado, y a tu extranjero que morare contigo;

7 - y a tu animal, y a la bestia que hubiere en tu tierra, será todo el fruto de ella para comer.

8 - Y te has de contar siete sábados de años, siete veces siete años; {cf15I de modo que} los días de las siete semanas de años {cf15I vendrán a} serte cuarenta y nueve años.

9 - Entonces harás pasar la trompeta de jubilación en el mes séptimo a los diez del mes; el día de las expiaciones haréis pasar la trompeta por toda vuestra tierra.

10 - Y santificaréis el año cincuenta, y pregonaréis libertad en la tierra a todos sus moradores; éste os será jubileo; y volveréis cada uno a su posesión, y cada cual volverá a su familia.

11 - El año de los cincuenta años os será jubileo; no sembraréis, ni segaréis lo que naciere de suyo en la tierra, ni vendimiaréis sus ofrendas;

12 - porque es jubileo; santo será a vosotros; el fruto de la tierra comeréis.

13 - En este año de jubileo volveréis cada uno a su posesión.

14 - Y cuando vendiereis algo a vuestro prójimo, o comprareis de mano de vuestro prójimo, no engañe ninguno a su hermano.

15 - Conforme al número de los años después del jubileo comprarás de tu prójimo; conforme al número de los años de los frutos te venderá él a ti.

16 - Conforme a la multitud de los años aumentarás el precio, y conforme a la disminución de los años disminuirás el precio; porque {cf15I según} el número {cf15I de los años} de los frutos te ha de vender él.

17 - Y no engañe ninguno a su prójimo; mas tendrás temor de tu Dios; porque yo {cf15I soy} el SEÑOR vuestro Dios.

18 - Ejecutad, pues, mis estatutos, y guardad mis derechos, y ponedlos por obra, y habitaréis en la tierra seguros;

19 - y la tierra dará su fruto, y comeréis hasta saciaros, y habitaréis en ella seguros.

20 - Y si dijereis: ¿Qué comeremos el séptimo año? He aquí no hemos de sembrar, ni hemos de coger nuestros frutos,

21 - entonces {cf15I yo} os enviaré mi bendición el sexto año, y hará fruto por tres años.

22 - Y sembraréis el año octavo, y comeréis del fruto añejo; hasta el año noveno, hasta que venga su fruto comeréis del añejo.

23 - Y la tierra no se venderá rematadamente, porque la tierra mía es; que vosotros peregrinos y extranjeros {cf15I sois} para conmigo.

24 - Por tanto, en toda la tierra de vuestra posesión, otorgaréis redención a la tierra.

25 - Cuando tu hermano empobreciere, y vendiere {cf15I algo} de su posesión, vendrá su redentor, su {cf15I pariente} mas cercano, y rescatará lo que su hermano hubiere vendido.

26 - Y cuando el hombre no tuviere redentor, si alcanzare su mano, y hallare lo que basta para su rescate;

27 - entonces contará los años de su venta, y pagará lo que quedare al varón a quien vendió, y volverá a su posesión.

28 - Mas si no alcanzare su mano lo que basta para que vuelva a él, lo que vendió estará en poder del que lo compró hasta el año del jubileo; y al jubileo saldrá {cf15I la tierra libre} , y él volverá a su posesión.

29 - Y el varón que vendiere casa de morada en ciudad cercada, tendrá facultad de redimirla hasta acabarse el año de su venta; un año será el término de poderse redimir.

30 - Y si no fuere rescatada dentro de un año entero, la casa que estuviere en la ciudad amurallada quedará para siempre para aquel que la compró, {cf15I y} para sus descendientes; no saldrá en el jubileo.

31 - Mas las casas de las aldeas que no tienen muro alrededor, serán estimadas como un campo de tierra; tendrán redención, y saldrán en el jubileo.

32 - Pero en cuanto a las ciudades de los levitas, y de las casas de las ciudades, que poseyeren, los levitas tendrán redención siempre.

33 - Y el que comprare de los levitas, la venta de la casa, y de la ciudad de su posesión saldrá en el jubileo; por cuanto las casas de las ciudades de los levitas es la posesión de ellos entre los hijos de Israel.

34 - Mas la tierra del ejido de sus ciudades no se venderá, porque es perpetua posesión de ellos.

35 - Y cuando tu hermano empobreciere, y se acogiere a ti, tú lo recibirás; {cf15I como} peregrino y extranjero vivirá contigo.

36 - No tomarás usura de él, ni aumento; mas tendrás temor de tu Dios, y tu hermano vivirá contigo.

37 - No le darás tu dinero a usura, ni tus víveres a ganancia.

38 - Yo {cf15I soy} el SEÑOR vuestro Dios, que os saqué de la tierra de Egipto, para daros la tierra de Canaán, para ser vuestro Dios.

39 - Y cuando tu hermano empobreciere, {cf15I estando} contigo, y se vendiere a ti, no le harás servir como esclavo.

40 - Como criado, como extranjero estará contigo; hasta el año del jubileo te servirá.

41 - Entonces saldrá {cf15I libre} de tu casa, él y sus hijos consigo, y volverá a su familia, y a la posesión de sus padres se restituirá.

42 - Porque me pertenecen, {cf15I yo} los saqué de la tierra de Egipto; {cf15I y} no serán vendidos a manera de esclavos.

43 - No te enseñorearás de él con dureza, mas tendrás temor de tu Dios.

44 - Así tu esclavo como tu esclava que tuvieres, {cf15I serán} de los gentiles que están en vuestro alrededor; de ellos compraréis esclavos y esclavas.

45 - También compraréis de los hijos de los forasteros que viven entre vosotros, y de los que del linaje de ellos son nacidos en vuestra tierra, que {cf15I están} con vosotros; los cuales tendréis por posesión.

46 - Y los poseeréis por juro de heredad para vuestros hijos después de vosotros, como posesión hereditaria; para siempre os serviréis de ellos; pero en vuestros hermanos los hijos de Israel, no os enseñorearéis cada uno sobre su hermano con dureza.

47 - Y si el peregrino o extranjero que está contigo, adquiriese medios, y tu hermano que está con él empobreciere, y se vendiere al peregrino o extranjero que está contigo, o a la raza del linaje del extranjero;

48 - después que se hubiere vendido, tendrá redención; uno de sus hermanos lo rescatará;

49 - o su tío, o el hijo de su tío lo rescatará, o el cercano de su carne, de su linaje, lo rescatará; o si sus medios alcanzaren, él {cf15I mismo} se redimirá.

50 - Y contará con el que lo compró, desde el año que se vendió a él hasta el año del jubileo; y ha de apreciarse el dinero de su venta conforme al número de los años, y se hará con él conforme al tiempo de {cf15I un} criado {cf15I asalariado} .

51 - Si aún fueren muchos años, conforme a ellos volverá {cf15I para} su rescate del dinero por el cual se vendió.

52 - Y si quedare poco tiempo hasta el año del jubileo, entonces contará con él, y devolverá su rescate conforme a sus años.

53 - Como con {cf15I el} tomado a salario anualmente hará con él; no se enseñoreará en él con aspereza delante de tus ojos.

54 - Mas si no se redimiere en esos años, en el año del jubileo saldrá, él, y sus hijos con él.

55 - Porque míos son los hijos de Israel; son esclavos míos, a los cuales saqué de la tierra de Egipto. Yo {cf15I soy} el SEÑOR vuestro Dios.