Deuteronomio 21:11 - La Biblia de Casiodoro de Reina (1569)

Libro de Deuteronomio
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1 - Cuando fuere hallado en la tierra que el SEÑOR tu Dios te da para que la heredes, {cf15I algún} muerto echado en el campo, y no se supiere quién lo hirió,

2 - entonces tus ancianos y tus jueces saldrán y medirán hasta las ciudades que {cf15I están} alrededor del muerto;

3 - y será, {cf15I que} los ancianos de aquella ciudad, de la ciudad más cercana al muerto, tomarán una becerra que no haya servido, que no haya traído yugo;

4 - y los ancianos de aquella ciudad traerán la becerra a un valle áspero, que nunca haya sido arado ni sembrado, y cortarán el pescuezo a la becerra allí en el valle.

5 - Y vendrán los sacerdotes hijos de Leví, porque a ellos escogió el SEÑOR tu Dios para que le sirvan, y para bendecir en nombre del SEÑOR; y por el dicho de ellos se determinará todo pleito y toda llaga.

6 - Y todos los ancianos de aquella ciudad más cercana al muerto lavarán sus manos sobre la becerra degollada en el valle.

7 - Y protestarán, y dirán: Nuestras manos no han derramado esta sangre, ni nuestros ojos lo vieron.

8 - Expía a tu pueblo Israel, al cual redimiste, oh SEÑOR; y no imputes la sangre inocente derramada en medio de tu pueblo Israel. Y la sangre les será perdonada.

9 - Y tú quitarás {cf15I la culpa} de sangre inocente de en medio de ti, cuando hicieres lo que {cf15I es} recto en los ojos del SEÑOR.

10 - Cuando salieres a la guerra contra tus enemigos, y el SEÑOR tu Dios los entregare en tu mano, y tomares de ellos cautivos,

11 - y vieres entre los cautivos {cf15I alguna} mujer hermosa, y la codiciares, y la tomares para ti por mujer,

12 - la meterás en tu casa; y ella raerá su cabeza, y cortará sus uñas,

13 - y se quitará el vestido de su cautiverio, y se quedará en tu casa; y llorará a su padre y a su madre el tiempo de un mes; y después entrarás a ella, y tú serás su marido, y ella tu mujer.

14 - Y será, si no te agradare, que la has de dejar en su libertad; y no la venderás por dinero, ni mercadearás con ella, por cuanto la afligiste.

15 - Cuando {cf15I algún} varón tuviere dos mujeres, la una amada y la otra aborrecida, y la amada y la aborrecida le hubieren dado a luz hijos, y el hijo primogénito fuere de la aborrecida;

16 - será {cf15I que} , el día que hiciere heredar a sus hijos lo que tuviere, no podrá dar el derecho de primogenitura a los hijos de la amada en preferencia al hijo de la aborrecida, {cf15I que es} el primogénito;

17 - mas al hijo de la aborrecida {cf15I se} reconocerá por primogénito, para darle doble porción de todo lo que le fuere hallado; porque aquél es el principio de su fuerza, el derecho de la primogenitura es suyo.

18 - Cuando alguno tuviere hijo contumaz y rebelde, que no oyere la voz de su padre ni a la voz de su madre, y habiéndole castigado, no les oyere;

19 - entonces lo tomarán su padre y su madre, y lo sacarán a los ancianos de su ciudad, y a la puerta del lugar suyo;

20 - y dirán a los ancianos de la ciudad: Este nuestro hijo es contumaz y rebelde, no oye nuestra voz; {cf15I es} glotón y borracho.

21 - Entonces todos los hombres de su ciudad lo apedrearán con piedras, y morirá; así quitarás el mal de tu tierra; y todo Israel oirá, y temerá.

22 - Cuando en alguno hubiere pecado de sentencia de muerte, por el que haya de morir, y le habrás colgado de {cf15I un} madero,

23 - no anochecerá su cuerpo en el madero, mas sin falta lo enterrarás el mismo día, porque maldición de Dios {cf15I es} el colgado; y no contaminarás tu tierra, que el SEÑOR tu Dios te da por heredad.