Capitulos:
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1 - Cuando el pueblo estaba en las llanuras de Moab, junto al río Jordán y frente a la ciudad de Jericó, Dios le ordenó a Moisés:
2 - «Diles a las tribus de Israel que de todas las ciudades que hay en sus territorios, deben darles a los descendientes de Leví algunas ciudades, junto con los terrenos que están alrededor de ellas. Así ellos tendrán un lugar donde vivir, y su ganado tendrá dónde pastar.
4 - »Esos terrenos que darán a los descendientes de Leví, serán cuadrados, y medirán novecientos metros por cada lado, y se ubicarán alrededor de la ciudad a cuatrocientos cincuenta metros del muro de la misma.
6 - »Les darán a los descendientes de Leví cuarenta y ocho ciudades, cada una con el campo de pastoreo que le corresponde. Seis de esas ciudades serán ciudades especiales de refugio. Si una persona mata a alguien por accidente, podrá ir a esas ciudades, y buscar protección; allí nadie podrá hacerle daño.
8 - Para saber cuántas ciudades de su territorio debe dar cada tribu, harás lo siguiente: Las tribus que tengan más territorio, darán más ciudades; las tribus que tengan menos territorio, darán menos ciudades».
9 - Además, Dios le dijo a Moisés:
10 - «Esto es lo que deben hacer los israelitas cuando crucen el río Jordán y entren a la región de Canaán:
11 - Apartarán seis ciudades para proteger a quien haya matado a otro por accidente. Tres de esas ciudades estarán del otro lado del río Jordán y tres en la región de Canaán. »Cuando una persona mate a otra por accidente, podrá escapar y ponerse a salvo en alguna de esas ciudades. Así, el que mató se protegerá de algún pariente del muerto que quiera vengarse y matarlo. Sin embargo, cuando esa persona llegue huyendo a la ciudad de refugio, el pueblo la juzgará y decidirá si merece o no morir. Castigarás con la muerte a los culpables de los siguientes delitos:
16 - »Al que mate a otro con un objeto de hierro.
17 - »Al que mate a otro con una piedra.
18 - »Al que mate a otro con un palo.
19 - El familiar más cercano al muerto buscará al asesino y lo matará.
20 - »Al que por odio tire al suelo a otro y lo mate. »Al que mate a otro al lanzarle con maldad algún objeto.
21 - »Al que por odio mate a otro a golpes. El familiar más cercano al muerto buscará al asesino y lo matará.
22 - »Sin embargo, no castigarás con la muerte en los siguientes casos: »Al que tire a otro al suelo y sin querer lo mate. »Al que por accidente mate a otro al lanzarle un objeto.
23 - »Al que por accidente golpee a otro con una piedra y lo mate. Sobre todo, si no había enemistad entre ellos ni había razón para hacerle daño.
24 - »Esto es lo que deben hacer cuando juzguen a quienes no merecen morir:
25 - El pueblo protegerá a quien sin quererlo haya matado a otro, y no dejará que lo mate el pariente más cercano al muerto. Por eso, el pueblo llevará al que mató al otro a la ciudad de refugio. Mientras esa persona viva en esa ciudad, estará a salvo y nadie le podrá hacer daño. Pero no deberá salir de la ciudad mientras viva el jefe de los sacerdotes. Después de la muerte del jefe de sacerdotes, podrá regresar a su casa, y nadie podrá hacerle daño. Pero si esa persona sale de la ciudad antes de eso, y lo encuentra el pariente del muerto, ese pariente lo podrá matar sin que se le culpe de nada.
29 - »Ustedes deben obedecer siempre estas órdenes, cualquiera sea el lugar donde vivan.
30 - »Deberá ser castigado con la muerte quien mate a otro y sea acusado por dos o más testigos. Si lo acusa sólo un testigo, no deben castigarlo con la muerte.
31 - Cuando alguien sea condenado a morir por haber matado a otro, no podrá salvarse pagando una multa. Tendrá que morir.
32 - »Quien viva en una ciudad de refugio no podrá pagar una multa para salir y regresar a su casa. Tendrá que esperar hasta que muera el jefe de los sacerdotes.
33 - »No echen a perder el territorio en el que viven porque yo, su Dios, vivo allí entre ustedes, y no soporto estar en un lugar en donde viven asesinos. Sólo matando al asesino podrán hacer que el lugar vuelva a ser digno de mi presencia».